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La OCU exige a los bancos que paguen a los clientes los intereses negativos de las hipotecas

Si firmaste una hipoteca entre los años 2006 y 2010 es posible que salgas beneficiado ya que, durante esos años, muchas de las entidades financieras comercializaban préstamos hipotecarios referenciados al índice EURIBOR añadiendo un pequeño diferencial inferior al 0,45 %.

El Euribor, es decir, el índice de referencia que usan las entidades bancarias para calcular el tipo de interés que aplican a sus préstamos, lleva varios años negativo (desde 2016) y ese descenso se está acentuando en los últimos meses hasta rozar a día de hoy el -0,50%, lo que se podría traducir en que el banco debería abonar la diferencia de intereses al cliente, algo que a priori podría parecer impensable.

Pues bien, La Organización de Consumidores de España (OCU) se ha dirigido al Banco de España a fin de que el organismo fije un criterio sobre la aplicación íntegra y automática del Euríbor negativo a todas las hipotecas anteriores al 16 de junio de 2019, fecha fijada por la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, a partir de la cual no se pueden aplicar intereses negativos.

De hecho, la propia Autoridad Bancaria Europea (ABE) advirtió hace unos meses que los bancos deberán pagar a sus clientes por las hipotecas que arrojen tipos de interés negativos una vez aplicado el diferencial, salvo que exista alguna restricción legal. «Creo que el reglamento debería aplicarse en general. Si no hay restricciones legales en ningún país o autoridad nacional (…) y [las hipotecas] van a territorio negativo, eso es lo que el contrato establece y lo que debería ser respetado”, aseguró el presidente de la EBA, José Manuel Campa.

Por ese motivo, la OCU solicitó el pasado mes de febrero a las entidades que tienen ese tipo de hipotecas, que comenzaran a aplicar los intereses negativos cuando procediera, no recibiendo ninguna contestación por parte de las mismas.

La forma en que están actuando estos bancos es la de aplicar una especie de acotación o ‘Cláusula Suelo‘ del 0%, a pesar de que el resultado de las revisiones de la hipotecas de Euríbor más el diferencial está saliendo negativo, o lo que es lo mismo, saliendo a devolver intereses al cliente. Esto significa que las entidades estarían incurriendo en un incumplimiento de contrato.

 

Fuente : OCU